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DECRETO N° 609

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se declara que son Comisionados del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública, por un periodo de seis años, de conformidad con los artículos 3 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 49 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, los Ciudadanos:

 

LIC. GENARO VICTOR VÁSQUEZ COLMENARES
COMISIONADO PRESIDENTE.
RÚBRICA/span>
LIC. ALICIA AGUILAR CASTRO
COMISIONADA
DR. RAÚL ÁVILA ORTIZ
COMISIONADO

 

Con lo que respecta al Comisionado Presidente, durará en su encargo como tal, dos años, sujetándose a lo previsto en el artículo 52 primer párrafo de la citada Ley.

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 30 de abril de 2008.

 

 

 

DIP. ANTONIO AMARO CANSINO

PRESIDENTE.
RÚBRICA/b>

 

 

DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ

SECRETARIO.
RÚBRICA/b>

DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS

SECRETARIO.
RÚBRICA/b>